Junio, 20 .- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precis� hoy que las consultas de revocatoria que se realicen el pr�ximo a�o no dar�n lugar a la convocatoria de nuevas elecciones para reemplazar a las autoridades regionales y municipales que resulten separadas de sus cargos, cuyo mandato ser� completado por sus correspondientes accesitarios.
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Al iniciarse el presente mes el periodo de venta de kits electorales para la recolecci�n de firmas que permitan impulsar una consulta de revocatoria, el organismo electoral record� que la Ley de los Derechos de Participaci�n y Control Ciudadanos fue modificada por la Ley 30315, en el marco de la reforma electoral aprobada el a�o pasado.
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De acuerdo a la citada norma, si un presidente regional es revocado ser� reemplazado por el vicepresidente regional; mientras que el vicepresidente regional revocado ser� sustituido por quien resulte elegido por el Consejo Regional entre sus miembros h�biles integrantes de la lista a la que pertenece la autoridad revocada, con votaci�n simple.
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Si resultaran simult�neamente revocados el presidente y vicepresidente regional, ellos �ser�n reemplazados por quienes elija el Consejo Regional entre sus miembros h�biles integrantes de la lista a la que pertenecen las autoridades revocadas, con el voto favorable de la mitad m�s uno del n�mero legal de los consejeros.
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De prosperar la revocatoria del consejero regional su reemplazo ser� el correspondiente accesitario.
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En el caso de las autoridades municipales, si un alcalde es revocado ser� reemplazado por el primer regidor accesitario en su misma lista; y si un regidor es revocado, completar� su mandato el correspondiente accesitario de su lista.
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Entre el periodo 2005 y 2014 se realizaron 1,157 revocatorias, de las cuales 1,146 se realizaron en distritos y 11 en provincias. Estas consultas populares ocasionaron la convocatoria a nuevas elecciones en 5 provincias (Una de ellas en Lima Metropolitana para elegir a los regidores revocados) y 239 en distritos.
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La Ley 30315, aprobada en 2015, precisa que quienes reemplazan a los revocados completan el periodo para el que fueron elegidos estos y que en ning�n caso hay nuevas elecciones. Adem�s, el funcionario que hubiese sido removido no puede volver a desempe�ar el mismo cargo en los siguientes cinco a�os.
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El objetivo de esa reforma, promovida por la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones y el Registro Nacional de Identificaci�n y Estado Civil (Reniec), fue evitar que la revocatoria sea una herramienta de venganza pol�tica de los opositores de las autoridades municipales o regionales electas, para removerlos del cargo y convocar a nuevas elecciones.
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Venta de kit para revocatoria
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Desde el primero al 16 de junio, se hab�an presentado un �total de 190 solicitudes para adquirir formatos de recolecci�n de firmas de adherentes (kit electoral), con el prop�sito de solicitar la revocatoria de autoridades municipales y regionales electas para el periodo 2015-2018.
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No todos los kits de revocatoria que se adquieren terminan en la consulta popular de revocatoria de una autoridad municipal, sea provincial o distrital, seg�n los antecedentes de este derecho de control ciudadano.
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As�, de los 4,505 kits vendidos a nivel distrital, entre 1995 y el 2014, solo 1,146 (25.4%) derivaron en la consulta popular efectiva de autoridades.
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A nivel provincial el porcentaje de kits electorales que concluyeron en la realizaci�n de una consulta de revocatoria fue a�n mucho menor. En el mismo periodo, de los 839 kits vendidos solo 11 terminaron en la consulta popular, es decir, solo el 1.3%.
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La revocatoria de autoridades es uno de los Derechos de Participaci�n y Control Ciudadanos establecidos en la Ley N� 26300; pero existen otros derechos de control como la remoci�n de autoridades y la �Demanda de Rendici�n de Cuentas.
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M�s datos
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La consulta popular de revocatoria se puede realizar una sola vez durante el periodo del mandato de la autoridad, y se realiza en el tercer a�o.
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Para el caso de las autoridades electas para el per�odo 2015-2018, la consulta se llevar� a cabo el segundo domingo del mes de junio de 2017.